Sesión Jurisdiccional
miércoles 13 de noviembre a la 1:30 p.m.
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Unidad de Apoyo Jurisdiccional

De la Unidad de Apoyo Jurisdiccional

Artículo 21. El Tribunal contará con una Unidad de Apoyo Jurisdiccional que será responsable de coordinar el desempeño de las áreas de Oficialía de Partes, Archivo Jurisdiccional, Actuaría y Biblioteca.

Artículo 22. La persona titular de la Unidad de Apoyo jurisdiccional tendrá las funciones siguientes:

  1. Llevar un registro de los medios de impugnación en materia electoral y de participación ciudadana, presentados ante el Tribunal;
  2. Llevar un Libro de Gobierno de Pleno del Tribunal en el que se registrará cada medio de impugnación o procedimiento sancionador especial que se reciba, asignándole el número que le corresponda siguiendo un orden progresivo, asentando la información relativa a la naturaleza del recurso o documento, el nombre del promovente, la fecha y hora de su recepción y la autoridad responsable, así como cualquier otro dato que se considere indispensable;
  • Llevar un Libro de Gobierno en que se registren los procedimientos sancionadores especiales recibidos, a los que se asignará el número que le corresponda siguiendo un orden progresivo, asentando la información relativa al número de expediente de la queja electoral, y demás datos que se consideren necesarios para su identificación;
  1. Llevar un Libro de Actuarios, en el cual se anotarán los datos de identificación de los expedientes que les sean cargados a aquellos, expresándose la fecha en que la notificación o diligencia debe practicarse, y la fecha en que se realizaron, o en su caso, la causa por la cual no se haya practicado;
  2. Llevar un Libro de Turno a Magistradas y Magistrados, de los medios de impugnación y procedimientos sancionadores especiales; en los que se anotará el nombre de la o el Magistrado instructor, número de expediente y fecha en que le es entregado para su sustanciación, respectivamente;
  3. Llevar un Libro de Engroses y Returnos, en el que se anotará número de expediente, nombre de la o el Ponente, fecha de sesión en que se rechazó el proyecto, Magistrado encargado del engrose y fecha de la sesión de resolución en que se sometió a consideración el nuevo proyecto;
  • En materia de Información, Documentación y Estadística:
  1. Registrar y clasificar los datos cuantitativos que provengan de los expedientes sustanciados y resueltos por el Pleno;
  2. Registrar y clasificar los criterios obligatorios sustentados en las resoluciones del Pleno del Tribunal para su debida compilación, sistematización y publicación;
  3. Atender los requerimientos de información jurisdiccional formulados por las autoridades electorales;
  • Vigilar la debida integración, resguardo y conservación de los expedientes;
  1. Coordinar la función de Actuaría, verificando que ésta se realice durante los plazos correspondientes y con la debida integración de las constancias que así lo acrediten;
  2. Llevar y difundir un registro del acervo bibliográfico, hemeroteca, videoteca, y de toda la información digitalizada con que cuente el Tribunal;
  3. Tomar las medidas necesarias para el adecuado funcionamiento, conservación y resguardo de la biblioteca;
  • Dar a conocer internamente las actualizaciones al acervo de la biblioteca; y,
  • Las demás que le encomiende la Presidencia o la Secretaría General.

Javier Gerardo Ramos Martínez

Actuario y encargado de la Oficiala de partes

Carlos Alberto Peña Angulo

Auxiliar Jurídico