El Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa, en el procedimiento sancionador especial 39 de 2021, resolvió, por unanimidad de votos, declarar existente la infracción atribuida, por parte del partido Sinaloense (PAS), a Fernando Pucheta Sánchez, entonces candidato a la presidencia municipal de Mazatlán, por difundir en su perfil de Facebook propaganda electoral con imágenes de menores de edad, sin tener el consentimiento expreso de algún padre, madre o tutor, así como a los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD), por culpa in vigilando.
Lo anterior, en virtud de que, del análisis de los medios de prueba que obraban en el expediente, se acreditó que el denunciado publicó en su red social Facebook diversas imágenes en las que aparecen rostros de menores, sin cumplir con la normatividad electoral, ya que divulgó sus rostros sin tener el consentimiento de las personas que ejercen sobre ellos la patria potestad o tutela, así como la opinión de la niña, niño o adolescente en función de la edad y madurez, y tampoco se advirtió que el denunciado haya difuminado los rostros de los citados menores, lo cual es contrario a los Lineamientos para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes en materia político-electoral.
En consecuencia, al haberse acreditado la infracción a la normatividad electoral, se impuso al denunciado una multa de $4,481.00; y a los partidos políticos denunciados, una amonestación pública, por faltar a su deber de garantes de los principios del Estado democrático de derecho.