Sesión Jurisdiccional
miércoles 13 de noviembre a la 1:30 p.m.
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Resuelve Teesin inexistente infracción de propaganda electoral atribuida a un candidato
En el Procedimiento Sancionador Especial TESIN-PSE-47/2024 y Acumulado los partidos Revolucionario Institucional y Sinaloense denunciaron la pinta de propaganda en bardas de un campo deportivo.
El Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa desechó queja respecto a la infracción de colocar propaganda electoral en equipamiento urbano, atribuida a Morena y su candidato a Presidente Municipal de Culiacán, y declaró la inexistencia respecto a la pinta de propaganda de bienes destinados al servicio público, así como al uso indebido de recursos públicos atribuido al Presidente Municipal de Culiacán.
Aunque quedó acreditada la pinta de la propaganda en el inmueble, un campo deportivo no está previsto como parte del equipamiento urbano dentro de las prohibiciones de la normatividad de propaganda electoral.
Por lo que respecta al señalamiento de uso indebido de recursos públicos por parte del Presidente Municipal de Culiacán, no se tuvo por acreditada tal conducta, aunado a que tampoco se comprobó que haya otorgado permiso o autorización para que se pintara la propaganda denunciada; así como tampoco se tuvo por acreditado que el inmueble fuera considerado como un bien destinado a la prestación de un servicio público de acuerdo a los dispuesto en la normativa electoral y municipal.