Sesión Jurisdiccional
miércoles 13 de noviembre a la 1:30 p.m.
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Revoca Teesin negativa de cabildo de Ayuntamiento de Rosario de otorgar licencia a regidora
El Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa resolvió revocar la determinación de la sesión extraordinaria de Cabildo No. 76 del Ayuntamiento de Rosario, celebrada el día 01 de marzo, a efecto de que se tenga por concedida la licencia temporal del cargo de la regidora Annshaira Ernestina Aguilar García.
En el Juicio para la Protección de los Derechos Políticos del Ciudadano de clave TESIN-JDP-27/2024, la regidora promovió la impugnación en contra del cabildo de dicho municipio, a raíz de la presunta remoción de su cargo por inasistencias, esto en consecuencia de la negativa de concederle su licencia temporal.
Para este órgano jurisdiccional, la sola presentación de solicitud para separarse del cargo por parte de la promovente, debe bastar para que se le conceda la licencia temporal que solicitó.
Resuelve Teesin inexistentes infracciones de dos candidatos en materia de propaganda electoral, y una candidata por actos anticipados de campaña
El Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa resolvió como inexistente la conducta infractora por actos anticipados de campaña, atribuida a Hecbel Rubí López Caballero, candidata a regidora al Ayuntamiento de Culiacán por la coalición “Fuerza y Corazón por Sinaloa”.
El Procedimiento Sancionador Especial 19/2024 fue interpuesto por el partido MORENA, quién señaló que durante que durante el periodo de intercampañas, la denunciada realizó diversas publicaciones de video en la red social Instagram, para hacer el llamado al voto a su favor, de su planilla y del Partido Revolucionario Institucional.
Sin embargo, al hacer un análisis del caudal probatorio, no se encontró el hecho denunciado, por lo tanto no fue demostrado.
En la misma sesión, este Tribunal resolvió el Procedimiento Sancionador Especial 30/2024 en el que los actores señalaron que detectaron que en los ejidos de Camajoa y Huepeco, ubicados en el Distrito Electoral Local 1 de El Fuerte, Sinaloa, existía propaganda electoral colocada en equipamiento urbano.
Al llevar a cabo las diligencias de la investigación, la autoridad instructora hizo constar que la propaganda electoral denunciada no fue encontrada, por lo que este Tribunal determinó inexistentes las infracciones normativas atribuidas a Gildardo Leyva Ortega y Morena, denunciados por representantes de la coalición “Fuerza y Corazón por Sinaloa”.
En otro punto de la orden del día de la sesión, este órgano jurisdiccional resolvió como inexistente una infracción atribuida al candidato a la Presidencia Municipal de Culiacán por el partido Morena, Juan de Dios Gámez Mendivil, y al partido Morena.
En el expediente TESIN-PSE-29/2024 el Partido Revolucionario Institucional señaló que los denunciados colocaron propaganda de campaña en diversas ubicaciones de la sindicatura de Imala en inmuebles pertenecientes al Ayuntamiento de Culiacán y a las Secretarías de Educación Pública y Salud.
Sin embargo, en una acta circunstanciada del Consejo Municipal Electoral reportó que al acudir a los inmuebles citados, no se encontró existencia de la propaganda denunciada.