Sesión Jurisdiccional
lunes 1 de julio a la 1:00 p.m.
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Boletín 31/2018

En sesión pública del 24 de agosto de 2018 el Tribunal Electoral resolvió los Expedientes incidentales de Previo y Especial Pronunciamiento TESIN-01/2018 y TESIN-02/2018.

En el Incidente de Previo y Especial Pronunciamiento TESIN-01/2018 solicitud de recuento solicitada por el PAN, esto, en razón de que en la sesión especial de computo municipal realizada el 04 de julio del presente año no se aceptó llevar a cabo el recuento total de las 49 casillas pertenecientes al Municipio de Concordia, Sinaloa, contraviniendo los artículos 253 y 255 fracción VIII de la Ley Electoral Local.

Según las manifestaciones de los demás partidos políticos presentes en el procedimiento de recuento parcial, este se realizó apropiadamente, sin que tales manifestaciones fueran desvirtuadas por el promovente con algún medio prueba, aunado a que cada partido político autorizó a cuatro representantes para que vigilaran dicho procedimiento.

En el proyecto se propuso declarar improcedente la solicitud de recuento de votos solicitada por el PAN.

El proyecto se aprobó por unanimidad de votos.

En el Incidente de Previo y Especial Pronunciamiento TESIN-02/2018 promovido por el Partido Sinaloense.

Del escrito de demanda se advierte que el Partido Sinaloense solicita el recuento parcial de votos en 86 casillas, en sede jurisdiccional, en razón de que, según su dicho, quedó en estado de indefensión al no contar con un juego de copias de la totalidad de las actas de escrutinio y cómputo ni previo ni durante la sesión de cómputo, lo cual le impidió presentar un análisis para recuento antes y durante dicha sesión.

Asimismo, refiere que el recuento no se siguió conforme a la Ley Electoral Local y que diversas irregularidades entre las actas de escrutinio y cómputo y las actas individuales de recuento le impidieron obtener una regiduría plurinominal.

En el proyecto se propuso declarar improcedente dicha solicitud, en principio, porque el procedimiento de escrutinio y cómputo de las casillas seguido por la autoridad fue conforme a los Lineamientos para el Desarrollo de la Sesión Especial de Cómputo para el Proceso Electoral Local 2017-2018, por tanto, se estima que fue apegado a derecho.

El proyecto fue aprobado por unanimidad de votos.