Sesión Jurisdiccional
miércoles 13 de noviembre a la 1:30 p.m.
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TEESIN resuelve infundado agravio de Síndica Procuradora contra Presidente Municipal de Concordia
El Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa resolvió como infundado el agravio promovido por Carmen Alicia Piña Sánchez, Síndica Procuradora del Ayuntamiento de Concordia, en contra del Presidente Municipal del referido Ayuntamiento, por la presunta vulneración a su derecho político electoral de ser votada, por la supuesta obstrucción al ejercicio del cargo para el que fue electa.
La actora manifestó que fue impedida para ejercer su derecho político electoral para el cargo del que fue electa, pues refiere que, en sesión de cabildo, de fecha 31 de octubre de 2023, el Presidente Municipal no sometió a consideración del Pleno de ese órgano colegiado, su propuesta para designar a la persona titular del Órgano Interno de Control.
En el proyecto se propuso declarar infundado el agravio de la promovente, pues del análisis de constancias que obran en el expediente y de una interpretación sistemática y funcional de la normativa municipal aplicable, no se advirtió la existencia de la obstrucción del cargo que ejerce, por lo que no hay afectación al derecho de ser votada en la vertiente de ocupar el cargo.
La resolución fue dada en cumplimiento a la sentencia SG-JDC-206/2024 dictada por la Sala Regional Guadalajara del Tribunal del Poder Judicial de la Federación, para realizar un análisis de la normativa en relación al nombramiento del titular del Órgano interno de Control , así como de las atribuciones de la Presidencia Municipal.
En la misma sesión, el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa calificó fundados los agravios por violencia política presentados por militante contra Comisión de Justicia del Partido Acción Nacional.
Mediante el juicio de ciudadanía 115/2023, fue impugnada la resolución de la Comisión de Justicia emitida en una queja intrapartidaria, que había declarado la inexistencia de violencia política en razón de género.
En el proyecto ante el Pleno del TEESIN, se propuso calificar como fundados los agravios de la actora, relativos a la falta de perspectiva de género de la Comisión de Justicia del Partido Acción Nacional.
Por lo anterior, se propuso que dicha Comisión emita una nueva resolución, en la que atienda los planteamientos de la parte actora bajo una perspectiva de género.