
Sesión Jurisdiccional
lunes 13 de julio a las 2:30 p.m.
Click aquí .para verla en vivo
Por unanimidad de votos el Tribunal Electoral declaró la existencia de violencia política contra las mujeres en razón de género en su modalidad simbólica en contra de una servidora pública.
Lo anterior porque se denunció a un ciudadano por manifestaciones por razón de las manifestaciones que realizó en sesiones de cabildo; y, por publicaciones en su red social Facebook, ocasionándole estrés, limitación, anulación, distracción o menos cabo en el ejercicio de sus funciones, en virtud de la difamación, calumnias, injurias, comentarios misóginos y sexuados, descalificándola como mujer.
En sesión pública, a propuesta del Magistrado Luis Alfredo Santana Barraza, se consideró que la investigación recabada por el IEES en la red social del denunciado, sí se acreditaron hechos constitutivos a violencia política contra las mujeres en razón de género en su modalidad de violencia simbólica contemplada en el artículo 24, Bis C, de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Sinaloa, y con los parámetros establecidos en la jurisprudencia, pues las expresiones realizadas en la red social generaron una afectación en los derechos políticos electorales de la denunciante y fueron dirigidos a ella por ser mujer.
En consecuencia, se declaró la existencia de la violencia política en razón de género en la modalidad simbólica y se ordenó que el denunciado en un plazo máximo de 24 horas borre las publicaciones en su red social Facebook con las que se cometió la infracción.