En los juicios ciudadanos 02, 08 y 10/2020, acumulados, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa, en cumplimiento a la resolución dictada por la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el expediente SG-JE-59/2020 y acumulados, resolvió, por mayoría de votos, declarar la existencia de violaciones al derecho político electoral de ser votada en la vertiente del ejercicio del cargo, por la realización de actos y omisiones que constituyen violencia política contra las mujeres en razón de género y acoso laboral en contra de Elsa Isela Bojórquez Mascareño, Síndica Procuradora del municipio de Mazatlán.
En sus demandas, la Síndica Procuradora señaló diversas violaciones a su derecho de ser votada, en la vertiente del ejercicio del cargo, por actos y omisiones atribuidos a distintas autoridades municipales, acciones que, a su juicio, constituían violencia política de género y acoso laboral en su contra.
Bajo los parámetros establecidos para juzgar con perspectiva de género, el Pleno analizó exhaustivamente las constancias del expediente y arribó a la conclusión de que, en efecto, los agravios expresados por la Síndica eran fundados, en virtud de que se acreditó la omisión por parte de las autoridades demandadas de atender diversas solicitudes de esa servidora pública, así como también que se le negaron recursos materiales y financieros para el desempeño de sus funciones.
Asimismo, se determinó que en las constancias examinadas se advertían expresiones, por parte del Presidente Municipal y del Secretario del Ayuntamiento, que implicaban violencia simbólica y psicológica contra la Síndica, dado que eran acciones que impedían a una mujer ejercer en un plano de igualdad y de manera efectiva un cargo de elección popular para el que fue electa, invisibilizando e ignorando sus funciones, e incluso utilizando estereotipos de género respecto de ella.
Por otra parte, del contexto general adverso en el que desempeña el cargo la Síndica, y dadas las irregularidades acreditadas, para el Pleno del Tribunal también se configuró acoso laboral, pues las irregularidades se dieron dentro de la relación de trabajo, se presentaron de manera sistemática e impidieron el debido cumplimiento de todas sus facultades y obligaciones.
En consecuencia, por mayoría de votos se declaró la existencia de violaciones al derecho político electoral de ser votada, por la realización de actos que constituyen violencia política contra las mujeres en razón de género y acoso laboral en contra de Elsa Isela Bojórquez Mascareño, Síndica Procuradora del municipio de Mazatlán, Sinaloa. Por lo que se ordenó a las autoridades demandadas que cumplieran con las diversas medidas de restitución, de no repetición y satisfacción, descritas en la sentencia, para salvaguardar el ejercicio de los derechos político-electorales de la mencionada servidora pública y una vida libre de violencia.
En otro tema, el Pleno del Tribunal desechó de plano, por unanimidad de votos, el incidente de inejecución de sentencia de clave TESIN-12/2020, promovido por Elsa Isela Bojórquez Mascareño, Síndica Procuradora del municipio de Mazatlán, Sinaloa, en razón de que hubo un cambio de situación jurídica respecto de la sentencia principal, ya que la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en el juicio SG-JE-59/2020 y acumulados, la revocó, por lo que el incidente quedó sin materia.