En sesión pública jurisdiccional, el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa resolvió, por mayoría de votos, desechar de plano el juicio ciudadano 03 de 2022, interpuesto por el Síndico Procurador del ayuntamiento de Escuinapa, Sinaloa, en contra de diversas autoridades de ese ayuntamiento por la supuesta vulneración de su derecho de ser votado en la vertiente del ejercicio de su cargo, pues, a su juicio, le impidieron injustificadamente el ejercicio efectivo de sus atribuciones.
Luego del análisis del escrito de demanda, la mayoría de las magistraturas del Tribunal advirtió que el ciudadano se inconformaba de que en una de las sesiones de cabildo de fecha 30 de diciembre de 2021, en la que estuvo presente, le habían obstaculizado el ejercicio de sus funciones, por lo que ese mismo día tuvo conocimiento del acto impugnado.
De acuerdo con lo anterior, y en términos de la Ley de Medios Local, el ciudadano contaba con 4 días para presentar su demanda contados a partir del día siguiente a que tuvo conocimiento del acto, esto es, del 31 de diciembre de 2021 al 5 de enero de 2022, descontando los días uno y dos de enero por ser sábado y domingo.
Sin embargo, el juicio ciudadano se presentó hasta el 2 de febrero del presente año de manera extemporánea. Por lo que, por mayoría de votos de las magistraturas del Tribunal, el juicio ciudadano 03 de 2022 se desechó de plano.