En los juicios ciudadanos 05 y 08 de 2021, así como en el recurso de revisión 01 de 2021, acumulados, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa determinó confirmar, por mayoría de votos, el acuerdo de clave IEES/CG019/21, dictado por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa (IEES) el pasado 14 de enero, mediante el cual se designaron las presidencias y consejerías electorales que integrarán los 24 consejos distritales y los 12 consejos municipales electorales que funcionarán durante el proceso electoral local 2020-2021.
En sus demandas, el partido político Morena y el ciudadano Jesús Antonio Valdés Valenzuela alegaron, esencialmente, que el acuerdo del IEES era ilegal porque se había incumplido con lo previsto en el artículo 152, segundo párrafo, de la ley electoral local, en el cual se establece que las y los consejeros electorales serán designados para un proceso electoral y podrán ser ratificados hasta por uno más.
Lo anterior porque, a juicio de los inconformes, se habían designado a personas que ya habían ocupado los cargos de consejeros en dos procesos electorales, lo cual transgredía la disposición legal citada.
Para el Pleno del Tribunal, tales argumentos resultaron infundados, en razón de que los demandantes partían de una premisa errónea, pues el IEES no realizó una ratificación, sino que se trató de una convocatoria abierta con un procedimiento transparente, en el cual, quienes aspiraban tuvieron que cumplir los requisitos establecidos en ella y aprobar cada etapa, por lo que, en relación con los ciudadanos designados, no se dio el supuesto de la ratificación sino de una nueva designación. Por lo que con ello no se transgrede lo dispuesto en el artículo 152 de la ley electoral local.
Por otra parte, el ciudadano Everardo Gaxiola Gaxiola señaló que su exclusión de la integración de los consejos distritales y municipales se vulneraban sus derechos fundamentales, por lo que el acuerdo impugnado no estaba apegada a la legalidad.
Sin embargo, luego de un estudio por parte del Pleno del Tribunal tanto de las etapas en el proceso de selección para integrar las autoridades electorales, como de las constancias que obraban en el expediente, se llegó a la conclusión de que el IEES llevó a cabo cada una de las etapas que garantizaron de manera objetiva e imparcial la idoneidad de quienes aspiraron a ocupar los citados cargos, por lo que no se actualizó una exclusión del ciudadano y el proceso de selección resultó apegado a derecho.
En consecuencia, el Pleno resolvió confirmar, por mayoría de votos, el acuerdo de clave IEES/CG019/21 dictado por el Consejo General del IEES.