
Sesión Jurisdiccional
martes 21 de marzo a las 10:00 a.m.
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Derivado del informe rendido a este Tribunal por la Auditoría Superior del Estado de Sinaloa, quedaron demostrados los siguientes montos:
Por lo anterior, se ordenó al Ayuntamiento de Guasave que, en atención a su autonomía presupuestaria, realizara el pago correspondiente.
Lo anterior, en virtud de que la autoridad responsable no fue exhaustiva, ya que omitió pronunciarse sobre lo argumentado por las y los promoventes respecto a la presentación oportuna del mencionado recurso, así como de las pruebas ofrecidas para demostrarla, por lo que se ordenó a la responsable que emitiera una nueva resolución en la que, de manera exhaustiva, determine lo que en derecho proceda sobre la oportunidad del medio de impugnación intrapartidista y, de ser el caso, se pronuncie sobre todas las manifestaciones de agravio.