
Sesión Jurisdiccional
viernes 11 de septiembre a las 2:00 p.m.
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Declara TEESIN inexistente violencia política contra las mujeres en razón de género, en cumplimiento a sentencia de Sala Guadalajara
El Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa resolvió, en cumplimiento a lo ordenado por la Sala Regional Guadalajara en el expediente SG-JDC-888/2026, el procedimiento sancionador especial promovido por una Regidora en contra de un ciudadano, por hechos que, desde su perspectiva, constituían violencia política contra las mujeres en razón de género.
A propuesta del Magistrado Luis Alfredo Santana Barraza, el Pleno determinó que no se acreditaron diversos hechos denunciados. Entre ellos, el relativo a una expresión presuntamente realizada durante una sesión de Cabildo, debido a que el video aportado carecía de elementos visuales y contextuales suficientes para identificar a la persona que emitió la frase. Asimismo, tampoco se acreditaron los señalamientos sobre diversos comentarios realizados durante sesiones de Cabildo, ya que, de las videograbaciones remitidas por el Ayuntamiento, no se advirtieron las conductas denunciadas.
Asimismo, respecto de una publicación realizada el 17 de junio en Facebook, el Tribunal determinó no tener por acreditado el hecho, debido a que la única prueba relacionada con su existencia había sido declarada inválida y, además, Sala Guadalajara ordenó que dicha probanza no fuera tomada en consideración.
En cuanto a las que sí quedaron acreditadas, el Tribunal realizó un análisis integral y contextual de las expresiones y concluyó que no constituyen violencia política contra las mujeres en razón de género, al considerar que se emitieron dentro del debate político mexicano y que no contenían vocablos referidos a la condición sexual, roles tradicionales del hogar, o subordinación biológica de la mujer.