Sesión Jurisdiccional
lunes 1 de junio a las 12:30 p.m.
Click aquí .para verla en vivo

Boletín 11/2026

  • El Tribunal Electoral desechó un juicio de la ciudadanía.

    El Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa, aprobó por unanimidad de votos desechar por extemporáneo el medio de impugnación presentado por un ciudadano que controvirtióel juicio de inconformidad de clave CJ/JIN/015/2016 emitido por la Comisión de Justicia del Partido Acción Nacional mediante el cual confirmó las providencias de clave SG/011/2026, así como la Convocatoria y los Lineamientos para la celebración de la Asamblea Estatal del mencionado partido.

    Este Tribunal Electoral al revisar los requisitos procesales determinó desechar de plano el juicio de la ciudadanía, pues de acuerdo con lo establecido en la jurisprudencia 18/2012 de rubro: “PLAZO PARA PROMOVER MEDIOS DE IMPUGNACIÓN. DEBEN CONSIDERARE TODOS LOS DÍAS COMO HÁBILES, CUANDO ASÍ SE PREVEA PARA LOS PROCEDIMIENTOS DE ELECCIÓN PARTIDARIA (NORMATIVA DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA), y, lo razonado por la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el expediente de clave SG-JDC-716/2026, en donde se consideró que en aquellos casos que ocurra la violación reclamada durante el desarrollo de un proceso de renovación de órganos partidistas, el cómputo del plazo debe hacerse contando todos los días como hábiles.

    Consecuentemente, al haberse presentado la demanda fuera del plazo legal de cuatro días previstos en el artículo 34 de la Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y de Participación Ciudadana para el Estado de Sinaloa, es evidente la extemporaneidad en su interposición.