Boletín 01/2025

Se confirma respuesta del IEES, que declaró inatendible una solicitud de revocación de mandato

El TEESIN resolvió un juicio de la ciudadanía, en el que el ciudadano actor argumentó que el IEES vulneró:

  • Derecho de participación ciudadana en los asuntos públicos;
  • Derechos político electorales;
  • Principio de soberanía; y
  • Principio de democracia directa.

Lo anterior, por no tomar en consideración la manifestación del titular del Poder Ejecutivo de ser sometido al mecanismo de participación ciudadana para iniciar la revocación de mandato, sin necesidad de cumplir con el requisito de ley que implica la recolección de firmas ciudadanas.

El Tribunal desestimó que el Instituto haya vulnerado esos derechos y principios, pues del oficio impugnado se observó que el IEES le precisó la imposibilidad de entrar, siquiera, al análisis de su escrito (como una solicitud de inicio de proceso de revocación de mandato), dado que en esta entidad, se ha declarado ya improcedente la aplicación del instrumento respecto al actual titular del Poder Ejecutivo estatal, ya que en acuerdos administrativos emitidos el año pasado se determinó:

  • Que la Ley de Revocación de Mandato no aplica al actual titular del Poder Ejecutivo.

  • Que el IEES no está en posibilidad de revisar de nueva cuenta la procedencia del mecanismo de participación ciudadana repescto el actual titular del Poder Ejecutivo, aún su manifestación de ser sujeto al mismo, ya que no es posible revocar de manera unilateral sus propias determinaciones, con base a los principios de certeza y seguridad jurídica, así como la definitivdad y firmeza de los actos en materia electoral.