Sesión Jurisdiccional
miércoles 13 de noviembre a la 1:30 p.m.
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Impone Tribunal amonestaciones públicas a candidatos y partidos por infracciones de propaganda electoral
Por infringir la normatividad en materia de propaganda electoral, el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa resolvió imponer amonestación pública como sanción a candidata regidora en Culiacán de la coalición “Fuerza y Corazón X Sinaloa”; a la candidata de Movimiento Ciudadano a la Presidencia Municipal de Culiacán, y al PAS en Mazatlán.
TESIN-PSE-71/2024
Este Tribunal resolvió que la candidata a regidora por la colación “Fuerza y Corazón X Sinaloa” en Culiacán, Hecbel Rubí López Caballero, vulneró la normativa electoral en materia electoral al entregar alimentos a automovilistas que pasaban por un crucero de la ciudad, por lo que se impuso como sanción una amonestación pública.
El Procedimiento Sancionador Especial también fue interpuesto por el partido Morena porque el producto entregado por la candidata estaba envuelto en material no reciclable o biodegradable, ni higiénico, hechos sobre los cuales este órgano jurisdiccional desechó la queja porque la prohibición normativa invocada corresponde únicamente a propaganda impresa.
TESIN-PSE-28/2024
Por haberse acreditado la colocación de propaganda electoral en equipamiento urbano, este Tribunal resolvió imponer una sanción consistente en amonestación pública a la candidata a presidenta municipal de Culiacán, Sandra Marthos y al partido que la postula Movimiento Ciudadano.
El Procedimiento Sancionador Especial fue promovido por Morena, al señalar que la candidata y su partido habían colocado propaganda en un área verde y sobre la banqueta de una glorieta que obstruyó el pasó del peatón y la visibilidad de los transeúntes.
TESIN-PSE-72/2024
Este Tribunal resolvió como existente la infracción atribuida al Partido Sinaloense por realizar pintas de propaganda electoral en equipamiento urbano de Mazatlán, e impuso una sanción consistente en una amonestación pública.
TESIN-PSE-27/2024
Este Tribunal resolvió como inexistentes las infracciones, en materia de propaganda electoral, atribuidas al partido Morena y su candidato a la Presidencia Municipal de Culiacán, Juan de Dios Gámez Mendívil, así como a Jesús Ernesto Peñuelas Castellano, presidente Municipal de Culiacán.
La denuncia fue promovida por el Partido Sinaloense al señalar que se había colocado propaganda electoral en infraestructura del municipio de Culiacán, pero en las diligencias de la investigación se encontró que las estructuras señaladas no son propiedad ni fueron construidas o instaladas por el Ayuntamiento.
TESIN-JDP-33/2024
El Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa confirmó la resolución dictada por la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional CJ/REC/010/2024 de fecha 29 de abril, en un Juicio de Protección para la Protección de los Derechos de la Ciudadanía, promovido por Gilberto Lugo Sánchez.
Fueron declarados infundados los agravios vertidos por el promovente ya que su pretensión de revocar su remoción del cargo como Coordinador Estatal de Alcaldes, Síndicos y Regidores del PAN ya había sido alcanzada.
TESIN-PRF-01/2024
Ese órgano jurisdiccional autorizó a una ciudadana para sufragar el día 2 de junio del presente año sin exhibir credencial para votar, lo cual podrá hacerlo exclusivamente en la mesa directiva de casilla especificada en la sentencia.
Lo anterior conforme a lo establecido en el artículo 138 de la Ley de Medios de Impugnación en Materia Electoral y Participación Ciudadana para el Estado de Sinaloa, que señala que los ciudadanos podrán presentar su solicitud ante el Tribunal para contar con una resolución que les permita ejercer su derecho al voto, cuando no cuenten con su credencial.