Sesión Jurisdiccional
miércoles 13 de noviembre a la 1:30 p.m.
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REGLAMENTO INTERIOR
DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE SINALOA
Artículo 54. Para dar trámite a las solitudes de información presentadas en la Plataforma Nacional de Trasparencia y cumplir con las obligaciones establecidas por el Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, el Comité de Trasparencia del Tribunal tendrá en su ámbito de competencia las atribuciones establecidas en los artículos 64 y 66 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa.
LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SINALOA
Artículo 66. Cada Comité de Transparencia tendrá las siguientes funciones:
III. Ordenar, en su caso, a las áreas competentes a que generen la información que derivado de sus facultades, competencias y funciones deban tener en posesión;
VII. Promover la capacitación y actualización de los servidores públicos o integrantes adscritos a las Unidades de Transparencia;
VIII. Establecer programas de capacitación en materia de transparencia, acceso a la información y accesibilidad, para todos los servidores públicos o integrantes del sujeto obligado;