Sesión Jurisdiccional
miércoles 13 de noviembre a la 1:30 p.m.
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Boletín 34/2022

En los recursos de revisión 03 y 04 de 2022, a través de los cuales el partido actor reclamó las omisiones de pago de financiamiento municipal a ese partido durante el periodo 2018-2021 y las gestiones relativas encaminadas a conseguir ese pago, atribuidas, respectivamente, a los ayuntamientos responsables y al Instituto Electoral del Estado de Sinaloa (IEES), el Pleno del Tribunal resolvió, por unanimidad de votos, y en cumplimiento a las resoluciones dictadas por Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en los expedientes de clave SG-JRC-63/2022 y SG-JRC-64/2022, desechar de plano los citados medios de impugnación por improcedentes.

Lo anterior, en virtud de que, de un análisis jurídico, se arribó a la conclusión de que era inviable la entrega de un recurso correspondiente a ejercicios ya concluidos, debido a que las actividades para las cuales se destinó -aun cuando no haya sido erogado ese recurso por el partido político- ya habían acontecido y se vieron superadas con la llegada de un nuevo ejercicio fiscal, atendiendo al principio de anualidad que rige al presupuesto público, generándose con ello la imposibilidad material y jurídica de entregar tales prerrogativas al partido actor.

En ese sentido, los actos impugnados se consumaron de forma irreparable. En consecuencia, al haberse actualizado una causal de improcedencia, por unanimidad de votos, se determinó desechar los recursos de revisión mencionados.