Sesión Jurisdiccional
miércoles 13 de noviembre a la 1:30 p.m.
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Boletín 07/2022

Es necesario avanzar hacia la consolidación de una igualdad material o sustantiva que atienda las deficiencias y los obstáculos que impiden a las mujeres el goce de sus derechos humanos, aseguró Alfredo Santana Barraza, magistrado del Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa.

Al dar la bienvenida las Sesiones Virtuales de Actualización en Materia de Igualdad de Género, No Discriminación y Lenguaje, organizadas por el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa, a través de la Unidad de Igualdad de Derechos, destacó la incorporación de la perspectiva de género en el ámbito jurisdiccional.

Expresó que la incorporación de la perspectiva de género descansa en el reconocimiento de que no es suficiente, y quizás nunca lo fue, establecer solo la igualdad formal para impartir una verdadera justicia para las mujeres.

Los principios de igualdad y no discriminación, sostuvo, constituyen la piedra angular de todo Estado democrático de derecho que se sustente en la protección efectiva de los derechos humanos.

Explicó que el propósito de estos cursos es entender y reflexionar acerca de qué es la perspectiva de género y como esta se convirtió en una herramienta jurídica y de carácter metodológica, obligatoria para las y los juzgadores del país, que permite leer e interpretar tanto los hechos como las normas jurídicas tomando en cuenta prejuicios estereotípicos y la forma en que estos afectan de forma diferenciada, dentro del caso a resolver, a quienes piden justicia ante los tribunales.

Durante la primera sesión virtual, la primera de un ciclo de tres, Mariel Velázquez, directora de Promoción de Igualdad de Género en la Unidad General de Igualdad de Género de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), advirtió que los estereotipos de género perpetúan las desigualdades, son extremadamente resistentes al cambio y difícil de ser cuestionados
Junto con Fabiola Delgado Suárez, directora de Promoción de Impartición de Justicia de Género en la Unidad General de Igualdad de Género de la SCJN, explicaron las diferencias de sexo en función de las características biológicas, y el género en relación de la construcciones culturales y sociales impuestas.

Mencionaron que existen mitos erróneos como pensar que la visión de género implique solo enfocarse a la situación de las mujeres, o en una visión en contra de hombres.

Llamaron a los asistentes a usar el lenguaje incluyente con el cual se transmite una forma de pensamiento colectivo.
Las expositoras indicaron que para el Alto Tribunal lo fundamental no es el género de las personas que participan en las controversias, sino la posibilidad de reconocer una posible situación de poder o un contexto de desigualdad basada en el sexo, las funciones de género o la orientación sexual para poder corregirla a través de la labor jurisdiccional.

Recordaron que desde la jurisprudencia 22/2016 emitida por la Primera Sala de la SCJN, la Corte establece que todo órgano jurisdiccional debe impartir justicia con base en una perspectiva de género que debe implementarse aun cuando las partes no lo soliciten y enumeren elementos necesarios para su aplicación.

Durante la primera sesión virtual estuvieron también presentes las magistradas del Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa, Aída Inzunza Cázares y Carolina Chávez Rangel. Así como magistrados de otras entidades, vocales ejecutivos del Instituto Nacional Electoral, órganos electorales y representantes de organismos de la sociedad civil.