El Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa, en el juicio ciudadano TESIN-JDP-88 y 89/2021 Acumulados, resolvió, por mayoría de votos, revocar la resolución emitida por la Comisión de Justicia del Partido Acción Nacional (PAN) en el expediente CJ/JIN/230/2021, al advertir que la autoridad partidista transgredió el principio de exhaustividad, pues no estudió la totalidad de los planteamientos expuestos por el ciudadano Ignacio Niebla Aispuro en su demanda primigenia.
En su escrito de demanda, el actor expuso como agravio que la autoridad responsable en su resolución había sido omisa en pronunciarse respecto a su planteamiento de que el Presidente del Comité Directivo Estatal era omiso al no proponer al Consejo Estatal la designación de una persona titular de la tesorería estatal que cumpliera con los requisitos para ocupar el cargo, lo cual, para la mayoría de las magistraturas del Tribunal, y en suplencia de la queja, se advirtió que los señalamientos del demandante iban encaminados a exponer la falta de exhaustividad por parte de la citada Comisión de Justicia, ya que no atendió de manera completa las cuestiones que fueron sometidas a su consideración.
En consecuencia, por mayoría de votos, se declaró fundado el agravio de falta de exhaustividad y se ordenó a la autoridad responsable que emitirá una nueva resolución.