El Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa, en el juicio ciudadano 83 de 2021, resolvió, por mayoría de votos, declarar la inexistencia de violaciones al derecho político electoral de ser votado en la vertiente del ejercicio del cargo del C. Efraín Zavala Espinoza, Síndico Procurador del municipio de Guasave, Sinaloa, por hechos que supuestamente constituían violencia política, obstrucción en el ejercicio del cargo y acoso laboral en contra del citado servidor público.
Lo anterior, en virtud de que, por una parte, diversos hechos atribuidos a distintas autoridades del ayuntamiento de Guasave estaban vinculados con el proceso de designación del titular del órgano de control interno de dicho ayuntamiento, lo cual, al ser materia de organización interna municipal, escapa a la competencia del Tribunal Electoral; por otra parte, respecto a la supuesta omisión de dar respuesta a tres oficios enviados por el mencionado Síndico Procurador, a la baja de un colaborador de la sindicatura de procuración o a unas manifestaciones realizadas por la Presidenta Municipal, del análisis de las pruebas en el expediente la mayoría de las magistraturas del Tribunal llegaron a la convicción de que o bien no se acreditaron los hechos o los mismos no constituían irregularidad alguna que hubiere afectado el derecho de ser votado en la vertiente del ejercicio del cargo.