- Que la autoridad responsable realizó una interpretación restrictiva del artículo 95, párrafo 5 de la Ley General de Partidos, pues no consideró como candidatos propios a aquellos postulados por los demás partidos políticos que integran la coalición.
Sesión Jurisdiccional
lunes 1 de julio a la 1:00 p.m.
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